Una vez obtenido el certificado de idoneidad, la Dirección General de Familia e Inclusión hará llegar el expediente de la familia al país donde se desea adoptar por los siguientes cauces: a través de un Organismo Acreditado para la Adopción internacional o a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI).
Es muy importante tener en cuenta que algunos países sólo aceptan una de las vías, o excluyen expresamente otra. Así, hay países que sólo permiten la tramitación a través de OAA, mientras que otros no permiten esta vía.
"Una manera de hacer Europa"