Información sobre países de adopción

Xunta Galicia

BOLIVIA BOLIVIA

Tipo de adopción: Plena

La persona menor adoptada no pierde la nacionalidad boliviana.

Requisitos:

  • Estado civil: casado/a, soltero/a, divorciado/a, pareja de hecho, viudo/a
  • Edad (Soltero y pareja): 25, 55
  • Permite la adopción si se tienen hijos biológicos: Si
  • Permite la adopción si se tienen hijos adoptivos: Si
  • Monoparentales: Hombre, Mujer

Las personas solteras pueden ser hombres o mujeres, aunque los jueces pueden poner limitaciones a los hombres y en la práctica es dificil que acepten el ofrecimiento.

Características de los niños:

  • Menores de 18 años, de nacionalidad boliviana y residiendo en el país, con resolución judicial que establezca la extinción de la patria potestad de los padres, que acredite su condición de huérfano y la inexistencia de vínculos familiares.
  • La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado debe ser de, al menos, 18 años. En caso de parejas, casadas o no casadas, por lo menos una de las personas deberá tener menos de 55 años de edad.
  • Tener la preparación e información correspondiente sobre los efectos de la adopción, según su etapa de desarrollo.
  • Tendrán preferencia para la adopción: niñas y niños mayores de 4 años, grupos de hermanos, niñas y niños en situación de discapacidad, y niñas y niños que requieran cirugías menores o tratamientos médicos que no involucren riesgo de vida, pérdida de miembros u otros. Se tramitarán con prioridad

Forma de tramitación:

Podrá tramitar su adopción:

  • A través de Organismos Acreditados para la Adopción Internacional (OAAI).
IPI
Gran Vía de las Cortes Catalanas, 646, 1º, 2ª
Barcelona (8007)
Teléfono: 934120102

Documentación necesaria:

  • Solicitud de adopción motivadfa.
  • Copia actualizada del pasaporte.
  • Certificado de matrimonio o documento que pruebe la unión de hecho según la normativa vigente.
  • Certificado médico y evaluación psicológica acreditando una buena salud física y mental. Válidos por un año.
  • Certificado de penales.
  • Certificado negativo de delitos sexuales.
  • Certificado domiciliario expedido por autoridad competente..
  • Certificado de realizar los cursos de preparación para la adopción.
  • Certificado de idoneidad. Dos ejemplares.
  • Informes psicosociales.
  • Compromiso de seguimento.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de solvencia económica.
  • Informe post-adoptivo favorable para nuevos trámites de adopción.
  • Autorización para el trámite de ingreso de la niña, niño o adolescente en el país de residencia de los adoptantes.1 año de validez.
  • Informe postadoptivo favorable para nuevos trámites de adopción.
  • Fotos.
  • Todos los documentos deberán ser originales y estar apostillados.
  • A mayores, deberá aportarse la documentación exigida en Galicia.

Organismo público competente:

Ministerio de Justicia- Viceministerio de Igualdad de Oportunidades- Dirección General de Niñez, Juventud y Personas Adultas Mayores.

Embajada en España:

Embajada de Bolivia en España
Serrano 40, 5º D - 28001 Madrid
Teléfono: 915780835     Fax: 915773946

Estancia exigida en el país:

  • La estancia mínima aproximada en el país es de 2 meses.

Informes de seguimiento:

  • 1 informe semestral durante 2 años , 2 ejemplares.

Legislación:

  • Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993.
  • Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961.
  • Acuerdo bilateral España-Bolivia de 29/10/01.
  • Código de la Niña, Niño y Adolescente, de 17/07/2014, Ley nº 548.
  • Decreto Supremo nº 2377, de 27 de mayor de 2015, reglamento a la Ley 548.
  • Constitución política del Estado de Bolivia, de 07/02/09.
  • Resolución administrativa nº 002/2015, de 31 de julio, que aprueba el Protocolo de Adopciones Internacionales.
  • Ley nº 1168, de 12 de abril de 2019, de abreviación procesal para garantizar la restitución del derecho humano a la familia de las niñas, niños y adolescentes.

Observaciones:

El procedimiento solo podrá llevarse a cabo mediante OAA acreditado que tenga suscrito Acuerdo Marco con el estado boliviano.

Fecha de actualización:

La información del país ha sido actualizada el 14/08/2023.
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