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PERÚ Resolución de carácter administrativo, emitida por la Dirección General de Adopciones.
Los adoptantes deberán tener 2 años de convivencia.
Pueden adoptar pesonas solteras, hombres o mujeres.
Podrá tramitar su adopción:
Las autoridades peruanas han establecido en 20 el número máximo de solicitudes de adopción anuales para nuestro país (tanto tramitadas por protocolo público como por cada OAAI).
Existe un procedimiento especial para NNA con necesidades especiales, prioritario, que se realiza a través de asignación directa y que comprende los siguientes casos:
- Niñas y niños mayores de 6 años
- Adolescentes
- Grupos de hermanos o hermanas
- NNA con discapacidad
- NNA con problemas de salud
- NNA en acogimiento familiar, cuya familia acogedora decida solicitar su adopción, previa opinión favorable de la Dirección General de Adopción
- Otros casos debidamente sustentados en el interés superior del NNA.
Si el/los adoptante/s es/son peruano/s residente/s en España la adopción se considerará en España como una adopción internacional, debiendo tramitarse según lo establecido en el Convenio de la Haya de 1993.