Información sobre países de adopción

Xunta Galicia

MÉXICO MÉXICO

Tipo de adopción: Plena

Se constituye mediante resolución judicial.Mantienen la nacionalidad mejicana.

Requisitos:

  • Estado civil: casado/a, soltero/a, divorciado/a, pareja de hecho, viudo/a
  • Edad (Soltero y pareja): 25
  • Años de convivencia: 2
  • Permite la adopción si se tienen hijos biológicos: Si
  • Permite la adopción si se tienen hijos adoptivos: Si

Permite la adopción por parejas y matrimonios heterosexuales y homosexuales y por personas solteras, hombres o mujeres.

Además de los requisitos de edad de la/s persona/s que se ofrecen para la adopción (edad mínima y diferencia de edad con el adoptado) la normativa establece como requisitos: acreditar con medios económicos suficientes para la subsistencia y educación de el/la menor, que la/s persona/s solicitante/s exponga las razones de querer adoptar, que demuestre/n un modo de vida honesto, capacidad moral y social y que no se haya sido procesado o se encuentre pendiente de proceso penal por delitos contra la familia, sexuales o contra la salud. Tampoco puede figurar como deudor alimentario.

Características de los niños:

  • Menores bajo la tutela del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), sin rango de edad específico, siempre que se agote el principio de subsidiariedad e que la adopción responda al interés superior de las personas menores de edad. Son susceptibles de adopción internacional las niñas, niños y adolescentes que: se encuentren en grupos de hermano/a/s, padezcan alguna discapacidad física y/o mental, que sufran alguna enfermedad de tratamiento de alto coste y/o aquellos NNA con un desorden del comportamiento que requiera atención psiquiátrica.
  • La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado debe ser de, al menos, 17 años.
  • Deberá prestar su consentimiento si es mayor de 12 años.

Forma de tramitación:

Podrá tramitar su adopción:

  • A través del Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030 (Protocolo Público).
  • A través de Organismos Acreditados para la Adopción Internacional (OAAI).

Documentación necesaria:

  • Carta de solicitud de adopción dirigida al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), fechada y firmada por la familia, manifestando la voluntad de adoptar y especificando el perfil del niño o niña que desearía adoptar.
  • Certificado de nacimiento (6 meses de antigüedad en la expedición, máximo).
  • Certificado de nacimiento de los hijos, en su caso, con una vigencia de expedición de 6 meses, máximo.
  • Copias del pasaporte (simple y compulsada).
  • Certificado de matrimonio, o convivencia, en su caso.
  • Certificado de divorcio o viudez, en su caso.
  • Certificado médico de la persona/s que se ofrece/n para la adopción y de los hijos que vivan en el mismo domicilio.
  • Exámenes toxicológicos de la/s persona/s que se ofrece/n para la adopción, que deben incluir los siguientes elementos: anfetaminas, barbitúricos, benzodiacepinas, cannabinoides, cocaína y opiáceos.
  • Certificado de penales, de menos de 6 meses de antigüedad.
  • Certificado negativo de delitos sexuales, de menos de 6 meses de antigÜedad.
  • Comprobante de domicilio, de 3 meses de expedición máximo.
  • Constancia laboral de la/s persona/s que se ofrece/n para la adopción, especificando puesto, antigüedad, sueldo, horario y ubicación o documentación que acredite fehacientemente sus ingresos netos.
  • 2 cartas de recomendación de personas que no tengan parentesco con los interesados que incluyan teléfono, domicilio, dirección de correo electrónico, que conozcan su proyecto de adoptar, y que especifiquen el tiempo que hace que los conocen.
  • Una fotografía a color tamaño pasaporte de la/s persona/s que se ofrece/n para la adopción y de los hijos, en su caso.
  • Fotografías, 10 al menos, tamaño postal a color de la casa, incluyendo fachada y habitaciones, así como 5, como mínimo, de reuniones familiares en las que participe/n la/s persona/s que se ofrece/n para la adopción y, en su caso, los hijos y las mascotas.
  • Certificado de idoneidad.
  • Informe psicológico.
  • Informe social.
  • Compromiso de seguimiento.
  • Autorización de entrada y residencia.
  • (Todos los documentos deberán enviarse legalizados o apostillados).
  • A mayores, deberá aportarse la documentación exigida en Galicia.

Organismo público competente:

Autoridad Central Federal: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF). Procuraduría Federal de Protección de Nenas, Nenos e Adolescentes (PFPNNA).

Embajada en España:

Embajada de México
Carrera de San Jerónimo, 46 - 28014 Madrid
Teléfono: 913692814     Fax: 914202292

Estancia exigida en el país:

  • La estancia máxima en el país es de 10 semanas previamente al procedimiento judicial de adopción.

Informes de seguimiento:

  • informe semestral durante 3 años , pudiendo ampliarse atendiendo al interés de la persona menor.

Legislación:

  • Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993.
  • Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961.
  • Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de 4 de diciembre de 2014. Última reforma 23 de marzo de 2022.
  • Reglamento de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, del 2 de diciembre del 2015.
  • Código Civil do Distrito Federal, última reforma de 8 de diciembre del 2016.
  • Código Civil Federal, última reforma 24 de diciembre del 2013.
  • Lineamientos en materia de adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de 30 de mayo de 2016.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Última reforma 2020.

Observaciones:

Los Estados Unidos Mexicanos están compuestos por 31 Estados Federales y el Distrito Federal, que en la actualidad es la Ciudad de México.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia tiene jurisdicción exclusiva dentro del Distrito Federal y jurisdicció subsidiaria con las 31 unidades federales, y actúa como la Autoridad Central donde se presentan los expedientes de adopción de los estados federales. Todos los documentos deberán enviarse directamente por la Autoridad Central u Organismo Acreditado a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Cada Estado Federal tiene su propia legislación en materia de adopción internacional que puede consultarse en la web de cda uno de ellos.


Autoridad Central propia de cada Estado Federal:
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (SDIF).
Directorio de Procuradurías Estatales:http://sitios1.dif.gob.mx/procuraduriaDIF/?page_id=460

Fecha de actualización:

La información del país ha sido actualizada el 06/02/2023.
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